Acuerdo Número |
Actas y Resoluciones del Pleno |
Clasificación de la Resolución "LFTAIPG" |
Fundamento Legal de la Reserva "LFTAIPG" |
P/100505/89 |
Resolución mediante la cual la Comisión Federal de Telecomunicaciones emite opinión a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes respecto a la solicitud de Avantel, S.A. para que se le autorice la cesión de los derechos y obligaciones derivados de los títulos de concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones que con fecha 15 de septiembre de 1995 y 20 de febrero de 1997, respectivamente le otorgara la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como de los dos títulos de concesión para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, que le fueron otorgados el 20 de febrero de 1997, en favor de Avantel Servicios Locales, S.A. |
Reservada |
Art. 18 fracción I de la LFTAIPG y Lineamiento Trigésimo Sexto fracciones II y III de los Lineamientos Generales (RP Pp 2 y 3, numerales VIII y IX; pp 5 Considerando Primero, párrafo cuarto; pp 6, Considerando tercero y cuarto; pp 7 y 8 Resolutivos Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto.) |
P/100505/90 |
Resolución mediante la cual la Comisión Federal de Telecomunicaciones emite opinión a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes respecto a la solicitud de Avantel, S.A. y Avantel Servicios Locales, S.A., con relación a diversos movimientos relacionados con su re-estructuración corporativa. |
Reservada |
Art. 18 fracción I de la LFTAIPG, y Lineamientos Vigésimo Novena y Trigésimo Sexto fracciones II y II de los Lineamientos Generales |
P/100505/91 |
Resolución por la que la Comisión Federal de Telecomunicaciones aprueba la formalización de un convenio de interconexión internacional a ser celebrado por el concesionario de servicio de larga distancia Marca Tel, S.A. de C.V. con un operador extranjero. |
Parcialmente Reservada |
Art. 18 fracción I de la LFTAIPG y Lineamiento Trigésimo Sexto fracciones II y III de los Lineamientos Generales (PR Pp 2 y 3, numerales VIII, IX y X; pp 5 Considerando Primero, párrafo cuarto; pp 6, Considerando Cuarto párrafos tercero y cuarto; pp 7 y 8 Resolutivos Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto.) |
P/100505/92 |
Propuesta que formula la Coordinación General de Servicios de Telecomunicaciones al Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones a efecto de que recomiende a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la imposición de sanciones a la concesionaria Mexigulf Telecomunicaciones, S.A. de C.V. por el incumplimiento a las condiciones establecidas en su título de concesión otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el 28 de enero de 2000. |
Reservada |
Art. 14 fracción IV de la LFTAIPG y Lineamiento Vigésimo Séptimo de los Lineamientos Generales) |
Resolución mediante la cual el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones determina las condiciones de interconexión no convenidas entre las redes de Axtel, S.A. de C.V. como concesionario de servicio local y Avantel, S.A. como concesionario del servicio de larga distancia para el año 2000. |
Pública |
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P/100505/94 |
Resolución por la que la Comisión Federal de Telecomunicaciones, en estricto cumplimiento a la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2004 del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, emite respuesta a la solicitud presentada por Alestra, S. de R.L. de C.V. mediante escrito de fecha 18 de julio de 2002, para participar en el procedimiento de fijación de los precios tope aplicables a los servicios de la canasta de servicios básicos y en el estudio de costos incrementales por servicio de Teléfonos de México, S.A. de C.V. y Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V. así como tener acceso a la información presentada por estos concesionarios en dicho procedimiento. |
Reservada |
Art. 13 fracción V de la LFTAIPG y Lineamiento Vigésimo Séptimo de los Lineamientos Generales |
Resolución mediante la cual el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones emite el criterio que se debe seguir tratándose de la liberación de las garantías de seriedad por lo que hace a los concursos objeto del fallo emitido el 11 de abril de 2005 en la licitación de concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para el acceso inalámbrico fijo o móvil (Licitación No. 18), y fija el monto a garantizar con relación a los concursos respecto de los que el procedimiento de licitación se encuentra suspendido. |
Pública |
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